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Expedientes de Regulación de Empleo ( EREs ),

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CEL Castellón

19 de enero de 2010

Expedientes de Regulación de Empleo ( EREs ), ¿medida de protección al trabajador o instrumento para sanear las cuentas de las empresas?

 

 

El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) nace como medida para proteger, inicialmente, los puestos de los trabajadores mientras la empresa resuelve una coyuntura económica, organizativa, técnica, etc., que le es desfavorable.

 

Según el Estatuto de los Trabajadores los EREs son un procedimiento  administrativo-laboral que, planteado por la empresa previa negociación con los representantes sindicales,  resuelve la autoridad laboral, la cual será un órgano de la Conselleria o del Ministerio, dependiendo de que la ubicación de dicha empresa no exceda de una Comunidad Autónoma o que se extienda a mas de una.

 

La finalidad de los EREs es superar una situación de dificultad de la empresa y, por tanto, proteger el empleo mediante la suspensión temporal, aunque está previsto que se pueda llegar a la extinción de la relación laboral, en caso de no poder superar la situación negativa ante las causas tasadas que se recogen en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.

“Se entenderá que concurren las causas a que se refiere el presente artículo cuando la adopción de las medidas propuestas contribuya, si las aducidas son económicas, a superar una situación económica negativa de la empresa o, si son técnicas, organizativas o de producción, a garantizar la viabilidad futura de la empresa y del empleo en la misma a través de una más adecuada organización de los recursos.”

 

Ahora bien, la adopción por parte de una empresa de un Expediente de Regulación de Empleo, en el momento político-económico actual, obedece en el 90 % de los casos, siguiendo la lógica empresarial, a pretensiones de un mayor nivel de beneficios. Y estas pretensiones se ven favorecidas por, al menos, tres circunstancias que se están dando en el momento actual y que son sucesivas en el tiempo:

 

La primera sería el aprovechamiento de la situación por parte de muchas empresas para sanear cuentas y/o plantillas. Dado el panorama de “crisis” mundialmente aceptado, nadie puede calificar de  descabellado que una empresa presente un ERE, máxime teniendo en cuenta los motivos bastante  amplios recogidos en el citado artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores: “causas económicas, técnicas, organizativas o de producción”. Quizás la flexibilidad de los términos del propio artículo ha propiciado la apelación a todo tipo de causas.

 

La segunda causa es el miedo del trabajador. Los altos índices de desempleo y la nula posibilidad de encontrar otro trabajo, a corto o medio plazo, coloca a este en una postura de clara desventaja con respecto a la empresa, que le lleva a aceptar con demasiada facilidad la adopción de un expediente de regulación de empleo con la esperanza encubierta de que pueda recuperar su trabajo cuando la situación mejore. Esperanza que se ve truncada en una mayoría de casos, ya que casi todos acaban en extinción de contrato. Apenas han conseguido prolongar unos meses unos ingresos regulares, bien mediante salarios recortados, jornadas reducidas o prestaciones públicas… para acabar finalmente engrosando las listas del paro.

 

La tercera causa sería la concurrencia de una permisividad administrativa por parte de la autoridad laboral correspondiente, ya que en muchas ocasiones, en contra del preceptivo, pero no vinculante, informe del personal técnico, se están aprobando dichos expedientes. Esta circunstancia se da debido al desbordamiento que en estos momentos presentan las administraciones públicas en lo que se refiere al tema del desempleo. La situación se ha presentado casi de una forma súbita y en avalancha. La negación sistemática por el Gobierno de la crisis ha sido acorde a la no adopción de medidas preventivas a nivel burocrático y/o de inspección laboral.

 

No obstante, las secuencias descritas apenas son la punta del iceberg. En el panorama mundial actual, donde la economía es global, donde no hay fronteras a la libre circulación de capitales, donde la libertad de mercado es la que impera, todos compiten con todos y siendo esto así, qué duda cabe que mandan los bancos, las grandes entidades financieras y los grandes grupos empresariales. Todos ellos siempre buscando paraísos fiscales donde cada vez tributan menos. Así, los costes salariales y de producción son más bajos y los beneficios son desorbitadamente mayores, por lo que cualquier empresa de medianas o pequeñas dimensiones deviene no competitiva.

 

Ante este panorama hay que exigir a los gobiernos la adopción de medidas por las que el esfuerzo sea compartido y proporcional. Las medidas unilaterales que inciden negativamente en los salarios de los trabajadores, (reducción de jornada, reducción salarial, subsidios, Plan E…) no dejan de ser una mera tirita en la grave herida  del consumo.

 

Por todo ello se hace inaplazable la intervención de una Europa unida de  Estados soberanos, que regule y controle la actividad económica con sistemas fiscales que alcancen a todos los agentes intervinientes en el proceso económico en proporción a las rentas obtenidas.

 

CEL Castellón

 

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